IX Congreso Nacional de la Abogacía y el Medio-Ambiente
Diciembre 21, 2007
Los pasados días 26 a 28 de septiembre se celebró en Zaragoza el IX Congreso Nacional de la Abogacía Española.
En este congreso -que al parecer ha sido un modelo de buena organización-, se organizaron siete portales, foros de discusión, y uno de ellos se dedicó al medio-ambiente, en concreto el titulado “¿para qué sirve el derecho medio-ambiental?”.
El Portal estuvo dirigido por 2 Catedráticos de Derecho Administrativo y dos miembros de la Alianza Internacional por el Derecho ambiental.
Se trataron entre otros temas, la inexistencia en la actualidad de una política ambiental coherente propia, más allá de la que se emite desde Brusela, siendo ésta además complicada lenta y excesivamente optimista; la necesidad de una mayor participación social, mejor desarrollo y posibilidades para la acción popular, y un mayor conocimiento de las actuales normas ambientales en el mundo mediático y empresarial, e incluso en las propias administraciones públicas y Tribunales.
Todo ello sirvió además para presentar la Guía del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la justicia ambiental, elaborada por el Consejo General de la Abogacía Española.
La respuesta, por tanto, a la pregunta del portal parece simple, ¿Para que sirve el derecho ambiental? “Sirve para aplicarlo” , porque hoy por hoy existe pero no se aplica.
No basta con el desarrollo legislativo que se ha ido produciendo a tenor del mandato del artículo 45 de la Constitución Española. Es cierto que a raíz de esta norma ha surgido todo un compendio normativo destinado al uso racional de los recursos naturales y la obligación de preservar el ambiente, pero todas esas normas no son “del todo” aplicadas.
Quizás ese sea el reto de la “sostenibilidad” para la abogacía, hacer lo posible para la “aplicación” de las normas medio-ambientales
(éste artículo está migrado del que iba a ser mi blog en la coctelera, obviamente la fecha no se corresponde con su actualidad)
